Resumen: No se explicita adecuadamente de qué forma concreta se ha vulnerado el derecho de igualdad y a la no discriminación en las relaciones laborales a los que en aquellos preceptos se hace referencia, máxime cuando los cambios en el desempeño de su actividad laboral a los que alude el motivo, nunca han sido impugnados por la demandante (hecho probado séptimo), y no se ofrece término de comparación válido alguno para poder apreciar la discriminación o desigualdad alegada.Al acreditar la empresa que la decisión de cese es completamente ajena al ejercicio del derecho a la libertad sindical, pues guarda relación con la situación económica de la Fundación, la supresión del proyectoSiendo desestimada la solicitud sobre declaración de nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales, y no existiendo, por tanto, vulneración alguna de tales derechos, la indemnización complementaria solicitada no resulta en modo alguno procedente.
Resumen: Para ser acreedor de las ayudas de fomento a la actividad afectada por la restricciones derivadas de la crisis sanitaria provocada por el Cobie 19 es necesario estar al día de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en el momento anterior aquel en el se dicta la propuesta de resolución de la concesión de la ayuda, lo que no acontece en el caso que decide la sentencia.